Actualizado: 14 de Abril de 2025
El viernes 11 de abril, el Ministerio de Economía y el BCRA anunciaron el “inicio de la fase 3 del programa económico” y, de la mano de esto, el fin del cepo cambiario. La comunicación completa se puede leer acá.
En este blog post vamos a explorar, en lenguaje simple, todo lo relevante para contractors y freelancers: exportación de servicios, criptomonedas, dólar tarjeta y mucho más. Vamos desde lo más general hacia lo más específico para que se entienda bien.
Lo primero a entender es que el esquema cambiario migra a uno de bandas monetarias que será de libre acceso para cualquiera.
El precio del dólar va a flotar entre $1.000 y $1.400 sin participación del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Si llega a $1.000, el BCRA compra dólares para que no baje de ese valor, mientras que si llega a $1.400, el BCRA vende dólares para que no supere ese valor.
Las bandas van a tener una “devaluación” de 1% mensual, es decir, la banda superior aumenta de a 1% (a $1.414 el mes que viene) y la banda inferior decrece de a 1% ($990 el mes que viene) hasta llegar a una flotación absoluta, o sea, sin límites.
¿Lo importante de todo esto? Que ahora el valor está garantizado entre esos límites.
Cuando se habla de que no existe más el cepo, ¿qué quiere decir? Que no habrá más restricciones para personas físicas. Vamos al detalle.
El principal titular es que cualquier persona va a poder acceder al mercado de cambios, o sea, comprar y vender al “dólar oficial”. Además, ya no hay más límite de compra de $200 USD al valor oficial por persona, no más impuestos, no más restricciones cruzadas, no más registros de quiénes pueden acceder, etc. Queda completamente liberado para personas físicas.
Hasta ahora había montones de restricciones, como no poder comprar dólar MEP si se había hecho una exportación de servicios. Ahora quien quiera comprar $1.000 USD por homebanking lo puede hacer. Todo liberado. Hay solo una restricción a tener en cuenta: no se pueden comprar más de $100 USD en efectivo sino que hay que hacerlo debitando de una cuenta, como la caja de ahorro en pesos.
Para poder comprar y vender libremente es necesario poder justificar esas compras, es decir, facturar lo que se gana y tenerlo en blanco. Tumo lo puede hacer por vos.
Hasta ahora, exportar servicios como contractor y freelancer era engorroso por los requisitos del BCRA a la hora de ingresar las ganancias. Podés ver más detalles en este blog. Lamentablemente, la obligación de ingresar y liquidar esa plata sigue estando, ya que en lo que se informó hasta ahora no hay ninguna mención de modificaciones. Pero que no haya más cepo hace que no se pierda más plata y que se pueda invertir libremente.
¿Qué tendría que hacer? La forma más fácil es explicarlo con un ejemplo. Tomemos el caso de una persona que trabaja para una startup de USA y cobra $4.000 USD/mes en Deel.
Requisitos:
Este tercer punto merece una pausa porque acá sí hay cambios y se esperan nuevas definiciones. Este cupo era beneficioso ya que evitaba la conversión al dólar oficial en el cual se perdía plata comparado con MEP, cripto y otros. Ahora, si bien aún se está obligado a vender al pasarte de los $36.000 USD, no se pierde plata y se puede volver a comprar dólar sin problemas. Lo malo es que solo está habilitada la entrada de esa plata por dólar oficial y por bancos. Esto claramente es un sinsentido que debería cambiar pronto.
Un GRAN cambio es que aplicaban restricciones estrictas por 90 días que no te permitían comprar MEP, CEDEARs, ADRs y otros instrumentos atados al dólar. Todo eso ya no existe, entonces se podrían recibir esos $4.000 dólares y usarlos de cualquier forma que se les ocurra, siempre y cuando sea legal 😇
¿Qué pasa si cobro en crypto? Acá sigue habiendo un gris. La normativa dice que las exportaciones deben ingresar a través del MULC, o sea, pasando por un banco.
Volviendo al ejemplo anterior, ¿qué sucede si, en lugar de cobrar por Deel, se cobra directo en criptomonedas, por ejemplo en USDC en Belo? Sin entrar en detalles técnicos, hasta ahora era imposible pasar esos 4.000 USDC por el MULC ya que los bancos rechazan transferencias en dólares de plata que estuvo en criptomonedas. Se puede argumentar que una regulación del BCRA no puede ir en contra de la Constitución Nacional y del derecho a disponer del dinero que ganaste por una actividad lícita si no tenés alternativa.
Por supuesto, esto no justifica no facturar esos ingresos ya que es obligación reportarlos (facturar) para cumplir con ARCA y no hacerlo es considerado evasión fiscal.
El recargo del 30% al dólar tarjeta sigue.
En términos prácticos, si viajo al exterior y pago con mi tarjeta de crédito argentina o si hago una compra en Amazon sigue teniendo un impuesto de 30%. Pero esto tiene una solución: pagar ese crédito con dólares. ¿Cómo funciona? Va un ejemplo. Hago una compra de $100 USD, espero a que llegue el resumen de la tarjeta, compro $100 USD al tipo de cambio oficial y pago la tarjeta con esos $100USD.
No más información por ahora. Desde Tumo vamos a seguir de cerca los siguientes anuncios, aclaraciones y aplicaciones que surjan en las próximas semanas.
Si querés saber más del tema y hacer preguntas, te invitamos a participar de un webinar gratuito en el que vamos a hablar de todo lo que tenés que entender sobre el fin del cepo, cómo estar en regla y cómo afecta tu bolsillo si trabajás para el exterior como contractor o freelancer. Vamos a hacer dos sesiones: miércoles 16 de abril a las 18:00hs y miércoles 23 de abril a las 17:30hs. Registrate haciendo click acá.
¿Todavía no usás Tumo? Averigüá qué tenés que hacer para estar en regla y cuál es la solución adecuada para vos contestando unas preguntas.